Argentino Pelozo Iturri: confirman el histórico fallo de la exU9 de Neuquén

La condena a 8 penitenciarios a cadena perpetua por torturar hasta la muerte al interno fue única en el país.

La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó la histórica condena a perpetua que dictó el Tribunal Oral Federal de Neuquén (TOF 1) por el delito de torturas seguidas de muerte del interno de la ex U9 de Argentino Pelozo Iturra, según lo confirmó el abogado del equipo de la procuración federal, Rodrigo Borda.

La muerte en custodia de un interno en el viejo penal federal de la ciudad de Neuquén ocurrió en abril de 2008. Fue torturado en la celda de castigo al ingreso, golpeado aún desvanecido durante el traslado hacia la enfermería del penal, con estocadas que siguieron sobre la camilla, donde murió.

El fallo  de Neuquén “es el único de estas características, Casación ratificó lo actuado por el tribunal de Neuquén y sienta jurisprudencia”, sostuvo Borda al ser consultado por la confirmación de los jueces de alzada en Comodoro Py.

Para la Procuración Penitenciaria (querellante en el juicio que terminó el 21 de marzo de 2019) “el hecho ocurrió como se acreditó y tiene la gravedad que la procuración y la fiscalía federal acreditaron que tenía”, explicó.

Los jueces de Neuquén Marcelo Grosso, Orlando Coscia y Alejandro Silva ordenaron que se rectifique el certificado de defunción de Pelozo Iturri, como muerte a causa de tortura; una respuesta para la familia, que no logró durante mucho tiempo saber qué había ocurrido con su padre –en el caso de los hijos- al que ni siquiera accedieron a ver después de fallecido.

No hay otra sentencia por torturas seguidas de muerte en un penal, por lo complejo que resulta probar la el deceso de un interno a manos de quienes tienen el deber de custodiarles. En circunstancias de encierro, los testigos son los condenados que siguen en el penal y temen represalias; o el personal de la unidad.

En Neuquén se sentenció a perpetua a la requisa (8 penitenciarios federales). La condena alcanzó al jefe regional de los establecimientos penitenciarios en ese momento, al responsable de la ex U9, al subjefe de la cárcel, un médico y enfermeros que intervinieron el día de la golpiza cuando Argentino Pelozo Iturri ingresó a la ex U9 desde un penal de Buenos Aires.

Casación ratificó la condena perpetua para los penitenciarios Orlando John, Pablo Muñiz, Javier Pelliza, Pablo Sepúlveda, Daniel Romero, José Retamal, José Quintana y el celador Carlos Vergara (jefe de requisa) como coautores del delito de torturas seguidas de muerte. Desde marzo de 2019, cumplen condena en penales federales de la región, mientras que el personal jerárquico, permanecía en libertad hasta la confirmación de la sentencia.

Debido a que el tribunal de alzada ordenó morigerar las penas, otros jueces deberán fijar una nueva sentencia para Daniel Huenul (Alcalde Mayor de la ex U9, con condena inicial a 7 años; Héctor Ledesma (6 años y 6 meses, director de la ex U9); José Sosa (6 años, subdirector de la ex U9), por no evitar la aplicación de la tortura, falsedad ideológica e inhabilidad perpetua para ejercer cargos públicos.

En el caso del ex jefe de la regional del SPN Gabriel Grobli, la condena a revisar será de los 6 años por el encubrimiento, omisión de denunciar la tortura y falsedad ideológica; y la pena de 4 años y medio para el médico Juan Carlos Heredia, que fue inhabilitado para ejercer, lo que además fue confirmado por Casación tras la apelación del profesional. El enfermero Miguel Ángel Carrilao, fue condenado por omisión de denunciar la tortura a 3 años y 4 meses.

Borda reiteró que si bien se modificarán estas penas, la acusación penal por encubrimimiento, omisión de denunciar, falsedad ideológica y omisión de evitar la tortura, fue confirmada.

Los jueces Orlando Coscia, Marcelo Grosso (presidente del tribunal) y Alejandro Silva.

Pelozo Iturri murió el 8 de abril de 2008 tras una feroz paliza de ingreso a la ex U9, en un traslado irregular desde un penal de Buenos Aires. En el juicio, el juez federal Sergio Delgado (que tenía a cargo la ejecución de su condena de Pelozo), dijo al tribunal dijo que no autorizó el traslado a Neuquén y que el servicio penitenciario nacional se lo ocultó. Se enteró del viaje de Pelozo, cuando le dieron el parte de la muerte.

El deceso por causas violentas se ocultó en los sumarios penitenciarios e informes médicos, que calificaron la muerte de natural, por problemas cardíacos o sobremedicación.

La causa tardó 10 años en llegar a juicio, entre otras circunstancias, porque inicialmente la muerte del interno fue consignada como “muerte súbita”.

Durante las audiencias en Amuc (Avenida Argentina al 1.600) los testigos revelaron que Pelozo Iturri –que era un interno con una larga condena por hechos violentos en Buenos Aires- había presenciado la muerte de un interno en Ezeiza a manos de penitenciarios.

El interno que describió con detalles la paliza que llevó a la muerte a Pelozo Iturri en la ex U9, Luis Abella, murió apuñalado en un descampado de Buenos Aires ni bien logró la libertad de otro penal bonaerense y no alcanzó a declarar en este juicio.

Abella era un testigo protegido, que mientras cumplía su condena tuvo un alargamiento de permanencia en el penal tras ser acusado en una nueva causa por hechos ocurridos en el interior de la cárcel. En el juicio que se desarrolló en Buenos Aires, se demostró que había sido “inventada”, según desarrolló la procuración penitenciaria.

Para los familiares de los penitenciarios, la condena fue inesperada. Hubo pena y estupor al saber que eran detenidos tras escuchar la sentencia del tribunal. (foto archivo)

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