Resuelven que los detenidos federales no pueden estar alojados en comisarías de Mendoza

La Cámara Federal de Apelaciones de la provincia confirmó una resolución de primera instancia que solicitó el traslado a centros de detención federales.

Calabozo. Archivo.
Calabozo. Archivo.

La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza resolvió que no pueden haber detenidos federales en las comisarías. Consideró que la detención en estos establecimientos no son compatibles con el derecho a la integridad personal y que la permanencia prolongada agrava las condiciones de detención.

El tribunal confirmó una resolución del titular del Juzgado Federal N° 3, Marcelo Garnica, que ordenaba el traslado de las personas privadas de su libertad al Complejo Penitenciario Federal VI y al Centro de Detención Judicial Unidad 32. El planteo surgió de un habeas corpus presentado por los defensores oficiales Andrea Duranti y Jorge Miranda, quienes pidieron el cese urgente e inmediato de las condiciones que agravan la detención de alrededor de 30 personas alojadas en comisarías por delitos federales.

Tras recibir la presentación, el juez de instrucción, Marcelo Garnica, ordenó al Complejo Penitenciario Federal VI que en forma inmediata aloje a las mujeres a disposición del Juzgado Federal nº 3. Por su parte dispuso comunicar la resolución al Juzgado Federal nº 1 de Mendoza respecto a las internas mujeres que actualmente se encuentran alojadas en la U 32 del Servicio Penitenciario Federal, ubicado en la sede de Tribunales Federales, a fin que evalúe su traslado a la penitenciaria federal. Asimismo ordenó el traslado de los internos masculinos que se encuentren alojados en las comisarías hacia la U32 del SPF.

Sin embargo, el Servicio Penitenciario Federal apeló la resolución, alegando la falta de cupos en el Complejo Federal Nº VI. Asimismo, invocó una resolución del Ministerio de Justicia de la Nación que establece como estándar de habitabilidad de una persona por celda, por lo que la resolución del juez entraría en oposición manifiesta con esta normativa.

Ante este conflicto, la Cámara convocó a una audiencia para conocer las posturas de los representantes del Ministerio Público de la Defensa, al Fiscal y al Servicio Penitenciario Federal, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Ministerio de Seguridad de la Provincia de Mendoza, Procuración de la Penitenciaría de la Nación.

Finalmente el tribunal de apelaciones resolvió confirmar la decisión del juez Garnica y ordenó hacer extensiva los efectos de la resolución a todos los detenidos en similar situación, a la orden del Juzgado Federal Nº 1 de Mendoza .

Para adoptar esta medida analizó la regulación convencional sobre la materia, como así también de la jurisprudencia de los tribunales internacionales, valorando el compromiso asumido por el Estado Argentino en relación al respeto que merecen los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad bajo custodia.

Concluyó que la detención en comisarías no reúne las condiciones mínimas compatible con el derecho a la integridad personal en virtud del hacinamiento, falta de ventilación, de luz natural, de camas, de condiciones adecuadas de higiene, aislamiento e incomunicación con restricciones indebidas al régimen de visitas.

Por otra parte, resaltó que invocar a una resolución ministerial no resulta justificativo para mantener a los detenidos en lugares con las condiciones mencionadas. En este sentido, ordenó que el Servicio Penitenciario Federal se abstenga de aplicar, en el presente caso, la resolución debiendo reubicar a los internos conforme lo resuelto en primera instancia.

De esta manera los magistrados de la Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, Juan Ignacio Pérez Curci y Gustavo Enrique Castiñeira de Dios, determinaron que el alojamiento de presos federales en comisarías provinciales por tiempos prolongados agrava las condiciones de detención.

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