10 de Enero, 2019.

El juez federal G. Villanueva hizo lugar al habeas corpus presentado por la Procuración Penitenciaria y representantes de los Ministerios Públicos- Fiscalía y Defensa- de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación. La acción fue interpuesta en favor de detenidos de la cárcel neuquina de Senillosa

Con motivo del agravamiento en las condiciones de detención de las personas alojadas en el Complejo Penitenciario Federal V de Senillosa, fue presentado un habeas corpus y un informe producido por la Delegada de Comahue Dra. Ximena García Spitzer.

Las celdas unipersonales fueron modificadas al introducir allí camas cuchetas. Las dimensiones de dichas celdas no se ajustan a los estándares establecidos por las normas nacionales e internacionales vigentes. De continuar con las tareas de instalación de las camas y el traslado de más detenidos a la unidad penitenciaria, se incurriría en una vulneración de los derechos de las personas detenidas.

Según el Manual Sobre Estrategias Para Reducir el Hacinamiento en las Prisiones, elaborado por la UNODOC (Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito)  el hacinamiento impacta en el “bienestar físico y mental de todos los presos, generando tensión y violencia entre ellos, exacerba los problemas de salud física y mental existentes y representa inmensos retos para la administración”.

En su fallo el Juez Gustavo Villanueva, refiere que en caso de duplicarse la población de los pabellones con el agregado a cada celda unicelular de una cama cucheta, se estaría aumentando el cupo del Complejo Penitenciario Federal V que en una acción de contenido similar FRG 17515/18, fue fijado en un máximo de 545 detenidos y que fue oportunamente consentido por el Servicio Penitenciario Federal. Otro factor excluyente para duplicar los alojados en las celdas unicelulares fue el Protocolo para la evaluación del riesgo de alojamiento en celdas compartidas. Por último, la falta de respuestas concretas del SPF para atender el tratamiento y  aumentar las instalaciones, servicios y personal penitenciario, al duplicarse la población de un pabellón, fueron considerados por el Juez motivos suficientes para hacer lugar a la acción de habeas corpus preventivo por agravarse las condiciones de detención, mantener la medida cautelar del 07/12/2018 para que no se instalen más camas cuchetas y mantener el cupo en 545 detenidos para todo el Complejo de Senillosa.