22 de Julio, 2025

La Cámara Federal de San Martín ordenó al SPF entregar agua embotellada a los detenidos alojados en la cárcel de Marcos Paz.

El 17 de julio, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín (CFASM) ordenó al Servicio Penitenciario Federal (SPF) entregar agua embotellada a los detenidos alojados en el Complejo Penitenciario Federal N.º II de Marcos Paz (CPF II), hasta tanto se solucionen los problemas de contaminación del agua en ese establecimiento.

La decisión de la CFASM fue adoptada en el marco de un hábeas corpus colectivo, en el que se denunciaron problemas con la alimentación provista a los presos alojados en el CPF II y la vulneración del derecho de estas personas a acceder a agua potable. La Procuración Penitenciaria de la Nación se presentó en este caso en defensa de los derechos de las personas privadas de su libertad.

En la resolución, la CFASM enfatizó que el acceso al agua potable es un derecho humano esencial, y que “las argumentaciones presupuestarias —aunque atendibles— no pueden justificar el incumplimiento de los compromisos asumidos en el suministro de agua apta para el consumo humano, so pretexto de dejar de abastecer los principios de la Constitución Nacional (art. 18, CN) y los convenios internacionales que comprometen a la Nación frente a la comunidad jurídica internacional, receptados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 5, inc. 2°)”.

Además, la CFASM señaló que es “tarea de los jueces velar porque la privación de la libertad se cumpla en forma acorde con los estándares mínimos fijados en la normativa aplicable y, en esa tarea, ordenar, en su caso, el cese de los actos u omisiones de la autoridad pública que impliquen un agravamiento ilegítimo en la forma y condición de detención”.