La Procuración Penitenciaria de la Nación interpuso una acción de Habeas Corpus correctivo colectivo a favor de las personas alojadas en el Pabellón G de la Unidad Residencial de Ingreso del Complejo Penitenciario Federal Nº I en virtud del Régimen de encierro permanente en celdas individuales al que estaban siendo sometidos.
En la aludida presentación, se expresó que los detenidos allí alojados permanecen encerrados en sus celdas prácticamente todo el día, careciendo en absoluto de actividades tanto recreativas como educativas y laborales, todo lo cual a entendimiento de este Organismo constituye un trato cruel, inhumano o degradante de acuerdo a la Convención contra la Tortura y la distinta normativa nacional e internacional aplicable al caso.
El Juzgado Federal Criminal y Correccional Nº 1 de Lomas de Zamora resolvió: I) HACER LUGAR a la acción de habeas corpus promovida a favor de los deternidos alojados en la Unidad Residencial de Ingreso, pabellón G del Complejo I y ORDENAR a las autoridades del establecimiento que arbitren los medios necesarios para ampliar las horas de esparcimiento y recreación de todo detenido sometido a resguardo físico, tanto de implementación voluntaria como a raíz de ordenes judiciales, con la adopción de un marco regulatorio que así lo prevea; II) EXHORTAR a la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal y al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación para que, con la mayor celeridad posible, el Módulo de Ingreso del CPF I de Ezeiza, cumpla con los objetivos y funciones para los cuales fue creado.