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El pasado 24 de mayo de 2012 la PPN se presentó como amicus curiae en un recurso de queja deducido por la Defensoría Oficial N° 3 de Casación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un caso iniciado como habeas corpus por un detenido, en el que denunció entre otras cosas, deficiencias en cuanto al cumplimiento de normas mínimas de seguridad en los móviles de traslado, el uso de cadenas y otros medios de sujeción durante los viajes y en las puertas de pabellones, que dificultan el auxilio rápido ante accidentes ocurridos en el trayecto o bien dentro de los lugares de alojamiento. 


La Sala II de la CNCP rechazó el recurso extraordinario luego de haber hecho lugar al recurso de casación interpuesto por la representante letrada del SPF, declarando improcedente la denuncia efectuada por el detenido.
En primera instancia, el fallo del Juzgado de Instrucción N° 38 Sec. Nro. 132 había hecho lugar al hábeas corpus, disponiendo una serie de medidas a ser adoptadas por el SPF, pero que no atacaban el problema nodal manifestado por el detenido. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó parcialmente el fallo de la Dra. Wilma López.