06 de Mayo, 2014.
Se trata del caso de una mujer detenida en la Unidad 31 del SPF a cargo del Tribunal Oral Criminal Nº 9, quien en otra causa también por hurto ya tiene concedido el arresto domiciliario.
La mujer, embarazada de cinco meses, tiene además una hija de 8 años de edad a la que no puede ver desde que quedó detenida en el mes de enero de este año. La menor está a cargo de sus tías, pero no puede concurrir a la unidad penitenciaria a visitar a su madre, por lo que el vínculo materno-filial solo se mantiene por vía telefónica, lo que le genera una gran angustia y está afectando el equilibrio emocional de la niña.
La Defensa Oficial inició un incidente de arresto domiciliario, en el marco del cual la Procuración Penitenciaria se ha presentado como amigo del tribunal en cumplimiento de su misión de protección de los derechos de las personas presas bajo jurisdicción federal y, en el presente caso, destacando la normativa nacional e internacional de protección de las mujeres madres y el interés superior del menor, que promueve evitar su encarcelamiento.
Este organismo considera absolutamente desproporcionado el encarcelamiento de una mujer por el intento de hurto en un supermercado de mercadería de escaso valor (dos desodorantes). Hay una absoluta desproporción entre el daño social que producen los delitos por los que esta mujer se encuentra en prisión y las consecuencias que acarrea tanto para ella como para su familia su privación de libertad.