22 de Julio, 2014.
La Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) patrocinó el pedido judicial de una persona condenada privada de su libertad en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de lograr que se reconozca el vínculo familiar con su nieto.
El organismo detectó el caso en el marco de una visita de rutina al Complejo de Villa Devoto. Un abuelo, detenido, solicitó asesoramiento a la PPN, a fin de intentar establecer su vínculo con el niño, quien sería hijo de su propio hijo fallecido. Por la situación, ya tramitaba un juicio de filiación ante la justicia civil de la Capital Federal desde el año 2009. En este proceso, la mamá buscaba que el niño llevara el apellido de su pareja fallecida. Sin embargo, hasta el momento no había sido posible acreditar el vínculo. El padre de la persona fallecida no se había presentado al juicio, a pesar de las notificaciones cursadas, debido a que no había llegado a comprender la naturaleza de la citación que recibió durante su detención.
Luego de contactar a las partes involucradas y de facilitar el contacto entre ellas a fin de definir un curso de acción respetuoso de los derechos del niño y de las expectativas legítimas de cada uno, la Procuración patrocinó una presentación conjunta de los adultos involucrados a favor de la certificación de la filiación del pequeño. En esta presentación solicitaron a la justicia que se tuviera en cuenta la voluntad de todas las partes favorable a agotar las medidas necesarias para acreditar el vínculo paterno del chico.
Certificar la probable filiación es una cuestión de importancia para el niño, para su abuelo, y para toda la familia, teniendo en cuenta el derecho a la identidad que asiste a todos, y la voluntad expresada por todos. El caso, además, sirve a poner de manifiesto las enormes dificultades que el encierro plantea al normal desarrollo de los vínculos y la pluralidad de obstáculos que enfrentan no solo las personas detenidas, sino también sus entornos familiares para poder encauzar inquietudes personalísimas que solo están vinculadas de modo remoto con la justificación penal de la orden judicial de privación de la libertad de una persona.