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Organo judicial actuante: 
 Cám. Nacional de Casación Penal
Fecha: 
 02/2005

CNCP Sala I. Chukura O’Kasili, Nicholas (28/2/05)

SUMARIO: “… por su condición de extranjero y características particulares, justamente no se halla en igualdad de condiciones que los reclusos nacionales… Tales circunstancias tornan prácticamente ilusoria -como lo señaló la defensa- tanto su resocialización como su derecho a acceder a los beneficios que le otorgan los arts. 16 y 23 de la ley penitenciaria, pues cabría preguntarse qué lazos familiares y sociales podría el enjuiciado afianzar o mejorar; qué estudios sería factible que curse; de qué programas específicos de prelibertad podría participar (art. 16, puntos II.a, II.b y II.c, de la ley 24.660, respectivamente); o qué clase de empleo podría obtener (art. 23, ídem.).”
“… la norma bajo estudio no trae aparejada desigualdad alguna en cuanto al derecho de resocialización que le asisten a ambos tipos de condenados (arts. 75, inc. 22, C.N., 6° de la C.A.D.H., 10.3 del P.I.D.C y P. y 1° de la ley 24.660). Todo lo contrario, ella lo que persigue es hacer cierto ese derecho, y en pos de ello es que propugna que el extranjero sea devuelto a la sociedad que le es afín.”
“…sólo será pasible de aplicación… (la doctrina que propone la revocación del acto por conculcar el principio de igualdad ante la ley)… cuando, como hubo ocurrido en el caso del que se la extrajo, la ley restrinja al habitante extranjero algún derecho civil del que sí goza su similar de origen nacional (en dicho caso, específicamente, una ley de la Provincia de Buenos Aires, impedía a los extranjeros ejercer la docencia en carácter de titular o suplente en la actividad privada, sistemática o asistemática), mas no cuando, como en el presente, a aquéllos se le acuerda un derecho que, por su condición, no le es otorgado a los nacionales.”

VOCES: EXTRANJEROS. EXPULSIÓN A MITAD DE CONDENA. DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD. IGUALDAD ANTE LA LEY. PRINCIPIO DE RESOCIALIZACIÓN

CNCP Sala I. Chukura O’Kasili, Nicholas 28-2-05 fallo