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Procedimiento para la investigación y documentación eficaz de casos de tortura y malos tratos

La PPN ha establecido un Protocolo de actuación para la investigación de los casos de tortura y malos tratos que llegan a su conocimiento en base a los principios y criterios del Protocolo de Estambul (aprobado mediante Resolución Nº 105-PP-07 y modificado por Resolución 31-18), el cual comenzó a aplicarse a partir del día 1º de octubre de 2007 en los lugares de detención de la ciudad de Buenos Aires y su radio metropolitano, habiéndose extendido posteriormente a todas las cárceles federales.

En este procedimiento se incluyen los casos de tortura que concluyen en una denuncia penal y por lo tanto integran los casos judicializados, así como aquellos que denominamos casos comunicados, en los que la persona detenida víctima de tortura comunica al organismo las torturas y/o malos tratos padecidos pero expresa su decisión de no realizar la denuncia penal correspondiente y, por lo tanto, la PPN lleva adelante una investigación con reserva de su identidad.

Cabe destacar que en un principio, sólo se relevaban casos de agresiones físicas. Actualmente se relevan cuatro tipos de tortura: a) agresiones físicas, b) amenazas, c) aislamiento asociado a las primeras y d) falta y/o deficiente alimentación relacionada con el aislamiento.

El Área de Investigación y Documentación Eficaces de Casos de Tortura y/o Malos Tratos lleva adelante el procedimiento, relevando los datos, confeccionando las denuncias o realizando las denominadas investigaciones con reserva de identidad. También, conjuntamente con otras áreas de la PPN ha implementado monitoreos preventivos que tienen como objetivo primordial detectar casos de tortura que por alguna circunstancia no sean anoticiados al organismo. Cabe recordar este tipo de intervenciones opera desde una lógica preventiva a partir de la presencia sorpresiva en cuanto al día y el establecimiento en que se lleva a cabo.

En función del referido Procedimiento, el Observatorio de Cárceles Federales de la PPN creó una base de datos para el registro y tratamiento estadístico de los resultados obtenidos, la Base de datos de casos de tortura y otros malos tratos investigados y documentados por la PPN. Su procesamiento estadístico posibilita la identificación de prácticas estructurales respecto de las modalidades de la violencia, circunstancias y tipos de golpes, niveles de impunidad, etc. Además se han incorporado campos abiertos que recuperan la palabra de las víctimas, de modo de recopilar los relatos de sus propias experiencias subjetivas.

Capítulos del Informe Anual:

Para obtener información más detallada, se puede consultar el capítulo correspondiente en el último informe anual presentado por la institución. (Capítulo 5, página 129

 
Documentos relacionados:

Procedimiento para la Investigación y Documentación eficaces de Tortura Res 31 - 18

Procedimiento para la Investigación y Documentación eficaces de Tortura Res 220 - 13

Registro Nacional de Casos de Tortura y/o Malos Tratos.