11 de Mayo, 2018.
Se efectuó una Recomendación a los miembros del Honorable Senado de la Nación, para que se de tratamiento urgente a la modificación del artículo 64 de la Ley de Cooperativas 20.337.
La modificación implica eliminar la restricción a ser consejeros de Cooperativas de personas condenadas por delitos comunes.
La prohibición conlleva una doble estigmatización porque a pesar de haber cumplido la totalidad de su pena, continúan durante su libertad imposibilitados del acceso al trabajo y la posibilidad concreta de reintegración.
Los liberados, constituyen un colectivo con escasos recursos, con lo cual resulta fundamental que éstos tengan un adecuado acceso a las políticas públicas desarrolladas por las agencias estatales.
Las cooperativas son actualmente apreciadas porque se basan en el esfuerzo propio y la ayuda mutua de los mismos asociados. Constituyen una posibilidad concreta y tangible de formación, capacitación, y les integración, permite una favorable reinserción.