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La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la resolución de primera instancia que, para garantizar la continuidad de la capacitación de una persona privada de la libertad, había dejado sin efecto el traslado de una unidad penitenciaria a otra. 


Se trata de un hombre de nacionalidad ucraniana que se encuentra tomando cursos de español en el Complejo Penitenciario Federal NºI. Dicho curso es dictado por un compañero de Módulo, también privado de la libertad. El SPF había dispuesto su traslado a la Unidad Nº4 de La Pampa, lo cual hubiese significado la privación del correcto ejercicio del derecho a la educación del cual está gozando en su lugar actual de alojamiento.
La Cámara Federal solicitó la intervención de la Procuración Penitenciaria de la Nación, por lo que dicho Organismo presentó un memorial, el cual fue aportado a la causa.
El Tribunal de Alzada, en su resolución, dispuso asimismo que en caso de cualquier movimiento futuro respecto a esta persona, el mismo deberá ser observado e informado a sede judicial, indicando si en la nueva unidad asignada para su traslado y alojamiento se encuentra garantizado el derecho a su educación.
Se adjunta el memorial detallado y la resolución de la CFALP