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El 27 de diciembre de 2012 la Procuración Penitenciaria de la Nación se notificó sobre lo resuelto en la causa 6189 por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Sala III. 


En dicha causa se investiga un hecho del año 2008 en donde un grupo numeroso de agentes penitenciarios sometió a todo un pabellón de jóvenes adultos a realizar una pila humana con sus cuerpos desnudos. La misma consistía en que todos los detenidos se quitaran la ropa y se apilen unos sobre otros. Con ese mecanismo, los que se encontraban en el fondo de dicha pila, se asfixiaban por el peso de quienes se encontraban encima. A su vez, y a causa de la desesperación producida por la asfixia, los que se encontraban abajo comenzaban a golpear a los de arriba para quitárselos de encima. Y simultáneamente, los que estando encima de la pila humana, comenzaban a recibir golpes de sus compañeros, al retirarse de la montaña de cuerpos eran golpeados por agentes penitenciarios y obligados a regresar a la pila.
El juzgado, inicialmente, entendió que dicha práctica constituía los delitos de vejaciones y apremios ilegales. Al intervenir la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, motivada por las apelaciones interpuestas, ésta entendió que se trataba de un hecho de tortura, por lo que cambió la calificación legal, resultando procesados 8 agentes penitenciarios por el delito de tortura y dos agentes por omisión de denunciar hechos de tortura. También se dictaron cinco faltas de mérito.
A continuación se publica el texto completo de la resolución emitida por la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.