Durante el primer semestre de 2013, distintas actividades de verificación de la Procuración Penitenciaria de la Nación constataron graves focos de superpoblación en el sistema penitenciario federal y motivaron al organismo a recomendar la fijación de medidas para paliar y prevenir el hacinamiento en todos los establecimientos federales.
Según se detectó, la Unidad 28 del SPF que funciona como nodo de traslado y alcaidía judicial, se usa, sin embargo, como alojamiento prolongado de personas detenidas, aun cuando solo debería servir para estancias muy acotadas. También se verificó que en los principales establecimientos del área metropolitana —los Complejos Penitenciarios Federales I (Ezeiza) y II (Marcos Paz), y el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Devoto)— se implementaron medidas improvisadas para incrementar irregularmente la cantidad de plazas, como el agregado de camas dobles en lugares preparados para lechos individuales, o la utilización de espacios destinados a esperas cortas durante el movimiento habitual entre pabellones como lugares de estancia permanente, aun cuando siquiera cuentan con acceso a sanitarios.
Dado el carácter generalizado de la cuestión y la tendencia creciente registrada, el 8 de agosto de 2013 el Procurador Penitenciario de la Nación formuló la Recomendación 797, por la cual encomendó al Director Nacional del SPF que disponga de las medidas necesarias a efectos de garantizar que la cantidad de alojados no supere la capacidad real de cupos de alojamiento, respetando los estándares legales vigentes. Del mismo modo, recomendó atender a la cantidad de cupos de los diferentes sectores al interior de cada establecimiento y no solo a los totales generales, y planteó al Director Nacional, que frente a ingresos de personas en establecimientos cuyo cupo ya esté cubierto, establezca estrategias para permitir a los jueces ponderar adecuadamente la necesidad de mantener esa detención, o disponer de formas sujeción alternativas para prevenir el encarcelamiento en condiciones de hacinamiento.