Assign modules on offcanvas module position to make them visible in the sidebar.

En el marco de la causa de habeas corpus Nº 9881, del registro del Juzgado Federal Criminal y Correccional nº 1 de Lomas de Zamora, interpuesta a raíz de las medidas de aislamiento a las que se había sometido a las personas alojadas en el Pabellón “G” de la Unidad Residencial de Ingreso del CPF Nº I de Ezeiza, se resolvió en octubre del año 2010 hacer lugar a la acción de Habeas Corpus y ordenar la adopción de un marco regulatorio para reglamentar el resguardo a la integridad física. 

La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba concedió el arresto domiciliario a una detenida federal que padece de una grave patología metabólica y psiquiátrica alojada en un establecimiento carcelario de esa provincia, tras la presentación de un amicus curiae efectuada por este Organismo. 

Dicho Tribunal declaro la inconstitucionalidad del art. 14 de la ley 23.737, fundando su postura en el criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Arriola”, amparándose en el art. 19 de la Constitución Nacional y subrayando que “No cabe penalizar conductas realizadas en privado que no ocasionen peligro o daño para terceros”. 

El día jueves 3 de mayo se inició el trámite de D.N.I. de un detenido alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, cuyo nacimiento hasta ahora nunca había sido inscripto, no poseía su partida correspondiente. 

El martes 17 de abril, en el marco de la visita del SPT a la Argentina en relación a cuestiones sobre los Mecanismos Nacionales de Prevención de la tortura, el Dr. Rodríguez Rescia  se entrevistó con el titular de la Procuración Penitenciaria de la Nación, Dr. Francisco Mugnolo. 

La Cámara de Comodoro Rivadavia revocó la sentencia del  Juzgado Federal de Primera Instancia de Rawson que rechazaba in limine el habeas corpus promovido por la PPN en  favor de un detenido con el objeto que se efectivice el traslado a otro establecimiento carcelario.