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"En defensa de los DD.HH de las personas privadas de su libertad."


La facultad de asumir el carácter de querellante en procesos criminales constituye -quizá- la principal innovación introducida por la ley 25.875 con relación a las que habitualmente ostentan los ombudsman o defensores del pueblo, tanto en el ámbito nacional como internacional. En el año 2007, esa facultad comienza a ser ejercida por el Procurador Penitenciario. Para exponer las motivaciones o “criterio” que ha justificado el ejercicio de tal facultad, resulta inevitable referirse a las particularidades de los casos concretos en que ha sido utilizada, cuyos principales aspectos se describen a continuación:

2024

2015

2008

  • Querella 28/05/08: Entrega de arma de fuego. Ver documento.
  • Querella 07/05/08: Averiguación de muerte. Ver documento.
  • Querella 03/04/08: Delitos de incumplimiento de funcionario público, entre otros. Ver documento.

2007