5 diciembre, 2017
Dieciséis internos interpusieron hábeas corpus por traslado sin previo aviso desde Buenos Aires a la Unidad Penal Nº11 localizada en Presidencia Roque Sáenz Peña, provincia de Chaco.
Con motivo de interceder ante la situación, el Defensor Público Oficial ante la Justicia Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña, Dr Raúl Miguel Tuninetti impuso un habeas corpus colectivo (acción amparada por el art. 43 de la Constitución que tiene por fin garantizar las condiciones dignas en un establecimiento penitenciario) para intentar que los internos pudieran regresar al penal de origen.
El Servicio Penitenciario Federal por su parte, manifestó que no cuentan con el espacio necesario para alojar a más personas y que además, el traslado a Chaco no fue intempestivo, ya que avisaron al juzgado.
Sin embargo, la Procuración Penitenciaria de la Nación participó de la audiencia que se llevó a cabo y propuso que el SPF notifique previamente a los internos antes de trasladarlos a cualquier tipo de establecimiento penitenciario, para brindarles así la posibilidad de oponerse a través de un escrito o un habeas corpus desde Buenos Aires.
La resolución del juez subrogante estableció que el SPF debe notificar con una semana de antelación sobre el traslado al individuo en cuestión para que este consienta o se niegue a esta disposición. Asimismo, deben ser notificados el abogado defensor del interno en particular, la PPN y el Juez de Ejecución a cargo de la persona detenida.
El juez libró oficio para que se informe si quienes fueron trasladados a la Unidad Penal Nº11 a partir del 24 de agosto fueron notificados, tal es la fecha en la cual culminó la suspensión de la vigencia de la resolución judicial por los recursos interpuestos por el Servicio Penitenciario Federal.