Las instituciones acordaron promover, de manera primordial a través de las acciones que surjan de este convenio, la defensa de los Derechos Humanos de las personas privadas de su libertad por orden de jueces y tribunales provinciales que se encuentren detenidas en lugares de detención federales y viceversa.
Asimismo, pactaron desarrollar acciones de cooperación mutua – y en la medida de lo posible en conjunto con otros organismos afines - destinadas a fortalecer la vigencia de los Derechos Humanos y combatir todas sus violaciones.
Para tal fin, ambas Instituciones convinieron en la necesidad de perfeccionar, desarrollar y crear mecanismos destinados a investigar, combatir y erradicar la tortura, según los mandatos expresados en la Convención Contra la Tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos y degradantes y su Protocolo Facultativo.