10 de Octubre, 2018.
Este 10 de octubre, en conmemoración del Día Mundial contra la Pena de Muerte, la Procuración Penitenciaria ha presentado una Recomendación ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, y un Proyecto de modificación de la Ley 27.319 ante el Congreso.
Argentina, mediante la sanción de la Ley 24.072 aprueba la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988 y mediante la reciente sanción de la Ley 27.319 de Investigación, Prevención y Lucha de los Delitos Complejos, establece la entrega vigilada como una técnica especial de investigación para la prevención y lucha de los delitos complejos.
La entrega vigilada es utilizada por los Estados cuando se ha descubierto previamente un ilícito en desarrollo, renunciando en forma aparente al poder de pena (ius puniendi) de ese Estado, en tanto que se prioriza la continuación de la investigación sobre la frustración del ilícito, con el fin de identificar la estructura delictiva en su conjunto.
En el desarrollo de su labor, la PPN ha observado que en la utilización de la entrega vigilada como forma de investigación de delitos relacionados con el narcotráfico, cabe la posibilidad de que en el desarrollo de la táctica, la misma conlleve a la aplicación de la pena de muerte a las personas involucradas en el posible delito, cuando en el país de destino, el mismo sea castigado con la pena capital. Debemos tener en cuenta que, gran parte de las personas detenidas por delitos de drogas, siendo muchas de ellas mujeres con hijos a cargo, no cumplen roles relevantes en la cadena de tráfico de estupefacientes, sino que son usadas como último eslabón y son fácilmente sustituibles al quedar detenidas, como se ha señalado en nuestros Informes Anuales.
En este sentido, a través de la Recomendación, el Procurador Penitenciario recomienda al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, elevar al Secretario de las Naciones Unidas una enmienda a la Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas sobre penas excluidas, a fin de que no se aplique la entrega vigilada cuando en el país de destino, el delito sea condenado con la pena de muerte, privación de la libertad de por vida o penas infamantes.
Al mismo tiempo y en igual sentido, la PPN presentó al Congreso Nacional el Proyecto de modificación de la Ley 27.319 que introduce la figura de penas excluidas en la aplicación de la técnica de investigación de entrega vigilada.
Ambos documentos se fundamentan en la posibilidad de que la aplicación de ésta técnicas de investigación penal encubierta que pretenden la consecución de la evidencia que de otra manera no se obtendría, puede significar una gravísima violación a los derechos humanos como lo representa la aplicación de la pena capital.