Assign modules on offcanvas module position to make them visible in the sidebar.

26 de Diciembre, 2019.

El Servicio Penitenciario Federal presentó un Plan de Acción para dar cumplimiento con el desalojo de los pabellones "J" DE LAS UR I y II del CPF I de Ezeiza. El desalojo de estos lugares fue ordenado por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata en el marco de un habeas corpus colectivo iniciado por la Procuración Penitenciaria de la Nación.

Oportunamente, la PPN impugnó la ocupación de esos espacios que funcionaban originalmente como gimnasios para esparcimiento de los detenidos. Debido a la sobrepoblación imperante en el sistema carcelario, el SPF transformó esos espacios de recreación en pabellones colectivos sin realizárseles incluso las adecuaciones necesarias,

Concretamente, la autoridad penitenciaria deroga las resoluciones que transformaron esos gimnasios en pabellones J para el alojamiento de presos. Asimismo, se restringe los nuevos ingresos a dichos espacios y se ordena el realojamiento de la población según un plan que contempla el traslado de 20 personas en las primeras 48 horas, 10 en 96 horas "hasta que progresivamente, en el término de CIENTO VEINTE (120) (...) se realoje a la totalidad de los allí alojados en otros sectores habilitados".

Por otra parte, el Plan instruye a la Dirección General de Régimen Correccional a elaborar un listado para contemplar la implementación de medidas alternativas a la prisión y la proposición de solturas anticipadas.

Cabe recordar, que dicho tribunal ordenó el 3 de julio de 2017 que, en un plazo de 30 días para presentar un proyecto de las obras necesarias.

Tras reiteradas solicitudes de este organismo, el magistrado a cargo del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n.º 1 de Lomas de Zamora ordenó al entonces ministro de Justicia y al director nacional del SPF se presente "el plan concreto de realojamiento de la totalidad de la población de los pabellones 'J' de las Unidades Residenciales I y II del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, al cual deberá darse inicio antes del 1º de diciembre del corriente año, bajo apercibimiento de aplicar veinticinco mil pesos ($25.000.-) diarios de astreintes al patrimonio de las autoridades aquí requeridas y de incurrir en el delito de desobediencia.".

Los avances logrados dan cuenta de la importancia de medidas como las adoptadas en este caso para garantizar la ejecución de las sentencias judiciales y proteger los derechos de las personas privadas de su libertad.