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17 de Mayo, 2020.

El 17 de mayo de 1990 la Asamblea General de la OMS reconoció que la orientación sexual no era una enfermedad mental. Este día se celebra desde el año 2004 y tiene por objetivo visibilizar y concientizar sobre las situaciones de violencia que padecen las personas del colectivo LGBT+.

A nivel mundial las personas que son discriminadas por su orientación sexual o identidad de género se ven sometidas a diferentes tipos de desigualdades sociales, culturales y estructurales que les impiden el pleno goce de sus derechos.

Desde hace más de diez años, el Equipo de Género y Diversidad Sexual trabaja específicamente la situación del colectivo LGBT+ en contextos de encierro, visibilizando el impacto diferencial y los daños adicionales que supone la cárcel para este colectivo.

La cárcel se encuentra organizada bajo un ordenamiento binario de género y sostenida a través de creencias y patrones heterocisnormativos, que se traducen en prácticas desiguales, discriminatorias y violentas para las identidades que no se inscriben en este paradigma. En la cárcel, sus derechos suelen ser desconocidos por el servicio penitenciario y a la hora de recuperar la libertad, suman una marginación y segregación social por haber estado encarceladas. 

La PPN ha documentado formas específicas de violencia en los espacios de detención, que se traducen en prácticas discriminatorias y humillantes por motivo de identidad de género y/u orientación sexual; como ejemplo se puede mencionar la falta de reconocimiento de la identidad de género, los obstáculos en el libre desarrollo de la personalidad y los constantes hostigamientos y agresiones verbales. Asimismo, a pesar del subregistro, en el último informe sobre tortura y malos tratos investigados por la PPN se registraron 15 casos de violencia física de personas que se identifican ante el SPF como mujeres trans y varones gays.

En esta línea, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Tortura advirtió que las personas LGBT+ están particularmente expuestas a sufrir torturas y malos tratos en las situaciones de privación de libertad, tanto en los sistemas de justicia penal como en otros entornos ajenos a la esfera penal. Frente a esto agregó que es necesario adoptar medidas para proteger y promover sus derechos y atender sus necesidades específicas[1]. En este mismo sentido, los Principios de Yogyakarta resultan un importante instrumento jurídico que debe tenerse presente al momento de delinear políticas específicas dirigidas hacia personas LGBT+.

En este día la PPN refuerza su compromiso para continuar promoviendo políticas públicas libres de discriminación, que garanticen el reconocimiento de la identidad de género y/u orientación sexual y el acceso pleno a todos los derechos de las personas LGBT+ privadas de su libertad.

[1] Consejo de Derechos Humanos, Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, A/HRC/31/57, 5 de enero de 2016