16 de Septiembre, 2020.
La Procuración Penitenciaria de la Nación emitió este martes una nueva Recomendación para promover el efectivo acceso a las comunicaciones y a la vinculación familiar y afectiva de las personas privadas de libertad frente a las restricciones impuestas por el COVID-19.
Ante la suspensión de las visitas y las restricciones a las clases presenciales por la emergencia sanitaria en curso, y habida cuenta de la prolongada persistencia en el tiempo de estas limitaciones y las perspectivas en cuanto a su finalización, la Procuración Penitenciaria de la Nación formuló una nueva Recomendación destacando la necesidad de reforzar los actuales canales de comunicación e información a los que tienen acceso las personas privadas de libertad en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal. En este sentido se recomendó la autorización de la tenencia, portación y uso de telefonía celular a las personas privadas de libertad alojadas en establecimientos del SPF mientras duren las actuales restricciones; y la instalación y/o conversión de las líneas telefónicas en bidireccionales o bien la instalación de líneas destinadas a llamadas entrantes en todos los sectores de alojamiento dependientes del SPF.
La PPN entiende que, ante la cancelación de las visitas como consecuencia de la pandemia, deben diseñarse estrategias de compensación, como las implementadas a partir del sistema de videollamadas y la entrega gratuita de tarjetas telefónicas, pero que, al resultar insuficientes para la mayoría de la población penal, deben ejecutarse nuevas medidas como las propuestas.
El documento recoge los argumentos del reciente Decreto de Necesidad y Urgencia denominado “Argentina Digital” (DECNU-2020-690-APN-PTE) que regula el derecho a las comunicaciones de todos los habitantes del país. Esta norma define a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) como servicios públicos esenciales y destaca que su acceso constituye un derecho humano. Asimismo, señala que “la situación de emergencia sanitaria que se está atravesando en el marco de la pandemia de COVID-19 y la consecuente disminución de la circulación de personas para mitigar los contagios configuran una situación de urgencia que impone la necesidad de otorgar una inmediata protección de estos derechos. En efecto, en este contexto, cobra mayor relevancia aún el acceso a las TIC y a las redes de telecomunicaciones tanto para las empresas como para los y las habitantes de nuestro país”.
La Recomendación destaca que las personas privadas de libertad no son ajenas a la referida situación de emergencia en el marco de la pandemia, muy por el contrario, se encuentran imposibilitadas de mantener cualquier tipo de encuentro presencial con sus familiares y allegados y se les presentan diversos inconvenientes para sostener comunicaciones fluidas y frecuentes con ellos. A su vez, el material educativo que reciben en sus sectores de alojamiento para continuar con la modalidad de educación a distancia contiene enlaces con sitios electrónicos a los que no pueden acceder. Todo lo expuesto en el desarrollo del documento evidencia la necesidad de implementar las medidas que resulten necesarias para lograr una urgente y efectiva protección al derecho a las TIC en contextos de encierro.