16 de Junio, 2021.
El martes 15 de junio se realizó una visita en la Alcaidía Comunal N°8 ubicada en el barrio de Villa Lugano. Es el establecimiento con mayor número de personas privadas de libertad en la órbita de la Policia de la CABA.
En el marco de las tareas de rutina del organismo, el Procurador Penitenciario Adjunto Interino, Ariel Cejas Meliare y el asesor Juan Iráizoz, visitaron la Alcaidía N° 8. Reelevaron las condiciones materiales de detención y entrevistaron a las personas allí alojadas a los fines de garantizar su acceso a la justicia y brindar el asesoramiento pertinente respecto a sus derechos.
Desde el decreto de aislamiento dispuesto por el Gobierno Nacional el 20 de marzo de 2020, un enorme grupo de personas detenidas se encuentran inadmisiblemente alojadas en forma permanente en comisarías vecinales y alcaidías comunales de la Policía de la Ciudad, cifra que asciende a 627 personas.
La situación responde principalmente a que el Servicio Penitenciario Federal no recibe la cantidad de personas detenidas que debería, lo que provoca un colapso en las dependencias de carácter transitorio de la Policía de CABA.
Estos establecimientos fueron diseñados para recibir a personas en forma transitoria por no más de 24 horas, sin embargo se han convertido en dependencias de alojamiento permanente.
La Alcaidía Comunal N° 8 concentra el mayor número de detenidos de la órbita de la Ciudad. Hace ya varios meses que se encuentra duplicada en su capacidad; de un cupo declarado de 22 plazas, actualmente aloja a 45 personas. Este escenario se repite en todas las comisarías y alcaidías de CABA, y al no contar con las prestaciones mínimas, estas dependencias no cumplen con condiciones dignas de detención.
El relevamiento realizado por el organismo da cuenta de una situación inadmisible. Los detenidos comparten celdas individuales, duermen en colchones apilados, no tienen posibilidad de asearse ni acceso a instalaciones sanitarias y tampoco pueden realizar ningún tipo de actividad.
En esta Alcaidía se detectaron casos de personas con más de 8 meses de detención (ya sea situaciones pendientes de resolución judicial, prisiones preventivas y condenas) y muchos de ellos con la modalidad del cumplimiento efectivo de la totalidad de la condena; como así también la permanencia de personas que revisten la calidad de primarios.
Se pudo visibilizar, además, la inaceptable materialización de penas de corta duración. En tal sentido, cabe destacar que en diferentes oportunidades la Procuración Penitenciaria ha repudiado este tipo de penas, que de ninguna manera poseen una expectativa de tratamiento adecuado y resocialización, tal como estipula la Ley de Ejecución Penal (Ley 24.660), provocando únicamente un deterioro y una retribución injustificada sobre la persona privada de su libertad.
Finalmente, durante la recorrida por la Alcaidía se efectuaron una serie de señalamientos a las autoridades policiales a los fines de velar por las mejoras sobre las condiciones de detención; sin perder de vista y contemplando las limitaciones que este tipo de establecimientos transitorios atraviesan frente a un contexto de colapso del sistema penal, emergencia, hacinamiento y crisis.