11 de Octubre, 2021.
La PPN, especialmente el equipo de Salud Mental, lamenta profundamente el fallecimiento del señor J. L. R. el 23 de septiembre pasado.
En el año 2013 el equipo de Salud Mental de la PPN inició intervenciones vinculadas con su situación particular en el marco del relevamiento y seguimiento de las personas declaradas inimputables privadas de su libertad bajo la órbita del Servicio Penitenciario Federal.
En todo momento, articularon acciones mancomunadas con la coordinación y el equipo tratante del dispositivo PRISMA, que ya en 2012 había solicitado el levantamiento de la medida de seguridad y el traslado del paciente a una institución civil- cercana a su grupo familiar- para la continuidad del tratamiento. Recién en 2014 el juzgado de Formosa dio curso a tal pedido de evaluación por parte del Cuerpo Médico Forense de la provincia.
Ante el transcurrir del tiempo y la falta de respuesta, la Dirección de Legal y Contencioso de este organismo intervino requiriendo el acceso a la causa, que en principio fue negado, se apeló, y finalmente se pudo acceder.
Cuatro años después, en abril de 2018, el Señor R. fue evaluado por el Cuerpo Médico Forense de Formosa. El equipo de Salud Mental de la PPN participó de esa evaluación y de las reuniones posteriores en las que, junto con el equipo tratante de PRISMA, diseñaron y recomendaron abordajes en salud mental respetuosos de los derechos humanos.
Se concluyó entonces que, si bien, el paciente debía continuar su tratamiento en una institución de puertas cerradas del ámbito civil, en lo posible cercana al lugar de residencia de su familia, la medida de seguridad seguiría vigente. A finales de ese mismo año, PRISMA informó al juzgado sobre el deterioro de la salud física del paciente y reiteró el pedido de concreción del pasaje a una institución no carcelaria.
A lo largo de 2019 la PPN realizó un sinnúmero de intervenciones, averiguaciones, gestiones con el Ministerio de Desarrollo Humano y con la Dirección de Salud Mental de la Provincia de Formosa para motorizar el pasaje. Ante el paso del tiempo, el deterioro de la salud física del Señor R. y lo fallido de la obtención de la plaza en una institución civil, es que se rediseñó la estrategia de intervención. Se acordó con el equipo tratante dar intervención al área médica de nuestro organismo para que evaluara al paciente visibilizando el agravamiento de su salud y la imperiosa necesidad de resolver su traslado. Producto de tal evaluación se produjo un informe para el juzgado.
Sin transgredir el principio de confidencialidad, se menciona aquí que en las últimas entrevistas mantenidas con el Señor R. se puso de manifiesto la limitación casi total que sufría respecto de la movilidad en sus miembros inferiores y que su padecimiento era de tal magnitud que la amputación se le presentaba como solución. Su cansancio, su vejez y las consecuencias de vivir en un “psiquiátrico” durante tantos años fueron ejes que configuraron su decir. Como también lo fue su temor, y certeza, a morir preso.
Se decidió entonces derivar el caso a la Delegación del NEA de la PPN para hacer un seguimiento y, al inicio de la pandemia, se solicitó al juzgado la pronta resolución de la situación del Señor. R, ante lo cual informaron a este organismo que continuaban a la espera de un cupo, en algún dispositivo con internación, por parte del Ministerio de Desarrollo Humano.
En octubre de 2020 relevamos que el Señor R. había contraído COVID y fue trasladado a la Unidad N º 21 –Centro Penitenciario de Enfermedades Infecciosas-para el correcto seguimiento del cuadro y que una vez atravesado el periodo de contagio y sin secuelas fue alojado nuevamente en PRISMA.
Durante el 2021 se hizo una presentación conjunta entre PPN y PRISMA ante el juzgado. Ambos organismos se pusieron a disposición para fundamentar el pasaje del paciente a una institución del medio libre para continuar con su tratamiento (con medida de seguridad vigente). En este sentido, es que se solicitó poder mantener una audiencia virtual con todos los actores implicados. En junio de 2021 el juzgado informó acerca de las solicitudes de cupo para la internación que había dirigido al Ministerio de Desarrollo Humano y que reiteraría nuevamente en esa oportunidad. Nada respecto de la audiencia con los actores intervinientes.
El agravamiento, las internaciones reiteradas y la intervención quirúrgica de urgencia fueron la antesala de su muerte. En rigor la antesala de su muerte fue lo que nunca se resolvió. El día siguiente a su muerte el Señor R. hubiera cumplido 72 años.