29 de Octubre, 2021.
En el marco del proyecto "Fortalecimiento de Mecanismo de Protección de Derechos Humanos de Personas Privadas de Libertad", ambas instituciones presentaron el Protocolo de Actuación, un documento que propone pautas de intervención para los organismos que realizan monitoreos en lugares de detención.
El aislamiento se presenta como una práctica de violencia institucional, histórica y sistemática dentro del sistema penal. Consiste en separar a la persona del resto de la población penal bajo un régimen de encierro prolongado en el tiempo en un espacio cerrado e individual que implica, según la PPN, “una cárcel dentro de la cárcel”.
Los organismos internacionales de derechos humanos tienen por objetivo que la utilización de estas prácticas como castigo y represalia se reduzcan sustancialmente. En Argentina, el SPF utiliza esta forma de encierro para gestionar a determinados grupos y la PPN reconoce cuatro modalidades de aislamiento, de las cuales tres, exceden los límites de la legalidad: la sectorización (aislamiento prolongado en una celda individual), el resguardo (aplicado como régimen de vida permanente en pabellones que alojan a personas con una medida de resguardo) y el tránsito (personas en espera a ser realojadas en otro pabellón u otra unidad).
En Chile, el INDH -Instituto Nacional de Derechos Humanos- ha identificado que los espacios de aislamiento se utilizan, generalmente, por tres motivos: aislamiento voluntario (por motivos de protección), como castigo y medida disciplinaria y como aislamiento provisorio.
El aislamiento debe ser una medida que se utilice como último recurso y siempre con límite de tiempo, sin embargo se encuentra extendida en la región como una práctica de los establecimientos penitenciarios.
Ante esta situación, tanto la PPN como el INDH, elaboraron el Protocolo entre los meses de febrero y septiembre de 2021. La metodología de trabajo consistió en realizar encuentros virtuales quincenales que posibilitaron discutir tanto puntos en común como disidencias que nutrieron la visión en el abordaje de la problemática.
Los lineamientos de intervención ante situaciones de aislamiento que presenta el Protocolo son orientativos y adaptables a las distintas dinámicas de trabajo de cada uno de los organismos. Entre ellos se puede mencionar el registro fotográfico de los espacios y la realización de entrevistas en privado.
Si se toma conocimiento de presencia de lesiones, se recomienda proceder en la recolección u obtención de cualquier tipo de elemento que acredite las afirmaciones de la persona privada de libertad. Asimismo, será indispensable recabar datos en el área de salud, buscar posibles testigos, documentar nombres de funcionarios involucrados, corroborar la existencia de cámaras de seguridad y solicitar información sobre denuncias existentes del ente persecutor. Es fundamental tener siempre en cuenta que la prioridad es la protección de la integridad de la persona denunciante.
Este trabajo fue realizado por Marlenne Velásquez Norambuena y María Daniela Lara Escalona, integrantes del INDH, y Andrea Triolo, Marta Monclús Mansó, Soledad Ballesteros, Mariana Sheehan y María Julieta Reyes, por parte de la PPN, además se contó con los aportes de la Dirección de Colectivos Sobrevulnerados.
Para conocer el resto de las recomendaciones y lineamientos podes descargar el Protocolo aquí.