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En el curso de Práctica Profesional de la Facultad de derecho de la Universidad de Buenos Aires, que funciona en esta procuración, coordinado por el DR. Leonardo Filippini, se trabajó y elaboró un documento de opinión relacionado con el Proyecto de Reforma al Código Civil, respecto de la responsabilidad parental durante la ejecución de la condena penal. 

El documento fue remitido a la Comisión del Honorable Congreso de la Nación, encargada de recibir opiniones de los organismos que trabajan temáticas involucradas en la reforma.

En este caso se destacó que una situación problemática se da cuando uno de los padres (o ambos) se encuentra cumpliendo una condena penal siendo que el cumplimiento de una pena privativa de libertad constituye una de las situaciones más extremas en las que se puede encontrar una persona. Implica una importante restricción de derechos cuya justificación se encuentra en constante discusión y es objeto de serias críticas.

El art. 12 del Código Penal (CP) establece que la condena privativa de libertad superior a tres años importa—además de la inhabilitación absoluta— cierta incapacidad civil consistente, entre otras cosas, en la suspensión de la responsabilidad parental. Además del Código Penal, el Código Civil vigente también contempla esta limitación en su art. 309.

De concretarse la reforma en curso, la solución sería reafirmada en el nuevo art. 702 que establece que:

 

“El ejercicio de la responsabilidad parental queda suspendido mientras dure:

(…)

b) el plazo de la condena a reclusión y la prisión por más de TRES (3) años”.

 

Sin embargo, la convenienciade los artículos 12CP y del 309CC, así como su constitucionalidad, se encuentran seriamente cuestionadas. La situación de las familias con padres penados reviste suma importancia, tanto por la cantidad de casos que existen como por las consecuencias que acarrea.

Es por ello que, en cumplimiento de las facultades que le otorga a este organismo la Ley 25875, se ha acercado la opinión que se adjunta, en procura de que se tengan en cuenta en la nueva reforma los derechos de las personas presas.