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02 de Noviembre, 2022.

La Sala A de la Cámara Federal de Córdoba hizo lugar a un recurso de apelación interpuesto por la PPN en contra de una resolución que le negaba la facultad de presentarse como querellante, dictada por el Juzgado Federal de Villa María.

La Sala A de la Cámara Federal de Córdoba hizo lugar a un recurso de apelación interpuesto por la PPN en contra de una resolución donde se le negaba la facultad de presentarse como querellante y que fue dictada por el Juzgado Federal de Villa María.

La Cámara Federal de Córdoba falló a favor de una acción presentada por la delegada de la Procuración Penitenciaria, Rossana Gauna, con el patrocinio letrado de Lyllan Luque, para que se admitiera a la institución como querellante en un caso de muerte en contexto de encierro. Se trata de un caso no diagnosticado a tiempo de cáncer testicular según el informe del asesor médico de la Procuración Penitenciaria de la Nación Dr. Germán Carballo.

El recurso de apelación se presentó a raíz de la resolución pronunciada por Juzgado Federal de Villa María donde señalaba que la PPN a “… la solicitud de constitución como parte querellante, no ha lugar toda vez que tratándose de un delito cuyo resultado sea la muerte – como el que se investiga en autos- podrá ejercer ese derecho el cónyuge, el conviviente, los padres, el hijo o los hermanos de la persona muerta, conforme lo previsto en el art. 82 del CPPN…”.

Esta negativa afectaba la posibilidad del ejercicio de una facultad contemplada en la ley de creación de la Procuración Penitenciaria de la Nación. Concretamente, la de la posibilidad de actuar como acusador particular ante la presunta comisión de hechos ilícitos por parte de agentes que tienen bajo su guarda a personas privadas de la libertad a disposición de la Justicia Federal. Asimismo, en el caso particular, tratándose de un colectivo en especial condición de vulnerabilidad, la necesidad de impulsar investigaciones eficientes e imparciales que puedan dar cuenta de las responsabilidades estatales en la producción de muertes bajo custodia, es una responsabilidad internacional asumida por nuestro Estado.