10 de Abril, 2025.
El máximo tribunal penal del país hizo lugar al recurso presentado por la defensa oficial y dejó sin efecto una sanción disciplinaria impuesta por el Servicio Penitenciario Federal a un detenido que cursa estudios universitarios en la cárcel de Devoto.
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, con las firmas de los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma —y la disidencia de Guillermo Yacobucci— anuló la sanción aplicada a un interno que, al momento de reintegrarse a su pabellón tras asistir al Centro Universitario de Devoto, fue sorprendido con un soporte digital (un pendrive y un teléfono celular sin chip ni acceso a conexión Wi-Fi), el cual, según alegó, contenía material bibliográfico.
Los magistrados Slokar y Ledesma dejaron sin efecto la sanción disciplinaria impuesta al interno del Servicio Penitenciario Federal, quien es alumno regular de la carrera de Abogacía y, tal como se consigna en la sentencia, ha aprobado cuatro materias del Ciclo Profesional Común con calificaciones que oscilan entre 7 y 10 puntos. Además, ha acreditado la aprobación de trece asignaturas correspondientes a otra carrera del área de Ciencias Económicas.
El juez Slokar, recordó el imperativo por el cual: “en contextos de encierro el derecho a la educación transmuta y adquiere una densidad aún más significativa, al manifestarse como el derecho básico a aprender –consagrado en el artículo 14 constitucional-, que impone al Estado la ineludible responsabilidad de desplegar todas sus voluntades, estructuras y recursos con el fin de asegurar que el saber, en su forma más plena, logre franquear los muros materiales -y aún simbólicos- como los de un establecimiento carcelario, de modo de alcanzar a cada sujeto, aun frente a las singulares asperezas y restricciones que la privación de libertad entraña”.
En relación a la génesis de la experiencia educativa en situaciones de encierro, advirtió que: “…tampoco puede pasarse por alto que la inserción educativa de nivel superior en el hoy llamado Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra cumpliendo su cuadragésimo aniversario” y, a partir de ello explicó que: “…desde sus orígenes la conformación del Centro Universitario Devoto (C.U.D.) no se limita a dictar materias de estudio para que las personas privadas de la libertad puedan cursar sino, aún más, la posibilidad que la universidad ingrese a la cárcel, y también a la inversa. Ello significa la posibilidad de autogestión en muchos aspectos, tales como brindar espacios de asesoría y gestionar el material bibliográfico, entre otros”.
En cuanto a los resultados que ha arrojado la iniciativa, Slokar destacó que: “En las transitadas cuatro décadas democráticas, más de 3500 alumnos han desarrollado estudios en las cárceles dictados por la Universidad de Buenos Aires, se extendieron más de 150 títulos de grado y cientos de certificados técnicos de especialización, junto a los otorgados a los innumerables estudiantes que finalizaron su formación en establecimientos académicos de la UBA bajo el régimen de libertad o después de haber agotado la pena” para luego agregar que: “El éxito de este dispositivo en lo atingente a la inclusión social de aquellos beneficiarios puede sencillamente graficarse empleando como baremo la siempre mentada ‘tasa de reincidencia’, que no asciende del 3% en el terreno universitario, cuando la media registrada alcanza al 30% en el orden federal”.
En definitiva, a la luz de los argumentos expuestos en el voto, el magistrado sostuvo que: “…una cárcel más humana no resulta incompatible con la siempre invocada -y, por cierto, necesaria- seguridad de los habitantes sino, antes bien, todo lo contrario, la complementa y refuerza. Ello, por cuanto la educación contribuye en una enorme medida a la seguridad de toda la sociedad, en tanto brinda un presupuesto indispensable para el proceso positivo de revalorización social, herramienta fundamental para atemperar la violencia”.
Finalmente, Slokar, concluyó su voto “Recuperando las expresiones de S.S. Papa Francisco en cuanto sostuvo que: “Es más fácil reprimir que educar, y yo diría, es más cómodo también [y que] es un modo de descarte”.
Se trata de un interno que se encuentra detenido en virtud de una condena a cuatro años y once meses de prisión por haber sido encontrado responsable del delito transporte de marihuana.