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01 de Agosto, 2025.

El trabajo en prisión ocupa un papel central para las personas privadas de libertad y sus familias, tanto durante el tiempo de detención como en el proceso de reinserción social. La gran mayoría de las personas privadas de libertad que trabajan utilizan su salario para colaborar con la economía de sus hogares.

Desde esta perspectiva, el trabajo remunerado de la población penal permite garantizar el autosustento de las personas detenidas, contribuye al sostenimiento de sus familias y a mitigar su vulnerabilidad socioeconómica, colabora con los costos que implica la visita y fortalece los vínculos afectivos, especialmente con hijos e hijas menores de edad, afianzando su rol de adultos responsables y proveedores. 

La Procuración Penitenciaria de la Nación considera fundamental favorecer el mayor acceso posible de las personas detenidas a actividades laborales con fines formativos y condiciones de remuneración adecuadas. Este organismo ha insistido de manera sostenida en la necesidad de ampliar la oferta laboral en talleres productivos y formativos que brinden capacitación profesional útil para el momento de egreso de la cárcel. 

En esta línea, en septiembre de 2024, el Servicio Penitenciario Federal (SPF) aprobó el Plan “Manos a la Obra”, destinado a impulsar acciones que fomenten la adquisición de habilidades laborales a través de la formación en oficios. 

Sin embargo, unos meses más tarde, mediante las resoluciones del Ministerio de Seguridad de la Nación Nº 1346 del 16 de diciembre de 2024 y Nº 429 del 10 de abril de 2025, se dispusieron restricciones al acceso al trabajo y al salario de las personas privadas de libertad en el ámbito del SPF. 

Estas resoluciones generaron gran inquietud entre la población carcelaria, ya que podrían implicar la pérdida de puestos laborales y de ingresos, afectando tanto su sustento personal como la posibilidad de colaborar económicamente con sus familias. 

En función de ello, el 31 de julio de 2025, la Procuración Penitenciaria de la Nación emitió la “Recomendación sobre acceso al trabajo en cárceles federales”, en la que instó al Presidente del ENCOPE y al Director Nacional del SPF a adoptar las medidas necesarias para, en el plazo de sesenta días, presentar un plan con acciones de corto, mediano y largo plazo que permita ampliar los talleres laborales productivos o de mantenimiento de la infraestructura, con el objetivo de ofrecer capacitación profesional y formación en oficios para las personas detenidas, conforme a lo propuesto en dicha recomendación. 

Asimismo, se les recomendó que, durante el proceso de readecuación de los puestos laborales hacia tareas más formativas y productivas, se garantice la continuidad de los empleos y de los salarios percibidos por las personas privadas de libertad con anterioridad a las resoluciones Nº 1346 y Nº 429 del Ministerio de Seguridad de la Nación.