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28 de Octubre, 2014.

El día 17 de septiembre de este año el Jugado Federal n° 1 de Córdoba dispuso el procesamiento de los agentes del Servicio Penitenciario de la provincia de Córdoba Walter Ceballos, Adrián Bazán  y Nicolás Murúa en orden al delito de apremios ilegales. 

El pronunciamiento fue emitido en el marco de la causa n° 1917/2011, en la cual la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) se desempeña como parte querellante, y en la que se investiga la golpiza sufrida por dos detenidos a disposición de la Justicia Federal el día 4 de febrero de 2011 en el Pabellón C-4 del Módulo MD 2 del Complejo Carcelario Padre Luchesse, ubicado en el Departamento Santa María de la referida provincia.

De acuerdo con las pruebas acumuladas en el expediente, fueron alrededor de 8 los agentes penitenciarios que llevaron a cabo las agresiones físicas a los detenidos, como consecuencia de que estos se habrían negado a reconocer su responsabilidad en el marco de un procedimiento disciplinario. Asimismo, después de la golpiza, las víctimas fueron trasladadas a un centro médico del módulo donde se los mantuvo encadenados.  Como consecuencia de estos hechos, los detenidos sufrieron diversas lesiones físicas en distintas partes del cuerpo que fueron constatadas por médicos de la PPN.

En el marco de la actividad instructoria, con fecha 18 de febrero de 2013 se les había recibido declaración indagatoria a los agentes penitenciarios antes mencionados. Sin embargo, ante la falta de resolución por parte del titular del Juzgado Federal n° 1 de Córdoba sobre las situaciones procesales de los encausados, el 15 de noviembre de 2013 la PPN presentó un escrito solicitando al juez que se pronuncie al respecto, en el quese hizo especial referencia a los diversos instrumentos de derecho internacional que, dada la gravedad de los hechos investigados, imponen al Estado el deber de llevar a cabo investigaciones rápidas, con agilidad y prioridad.

Aún sin obtener respuesta, los mismos argumentos fueron presentados por este organismo en el marco de un escrito de pronto despacho y luego en una queja por retardo de justicia que fue receptada favorablemente por la Sala “B” de la Cámara Federal de Córdoba, el 27 de agosto de este año. En esta resolución de la Cámara Federal, se instó al Juez a cargo de la investigación a resolver la situación procesal de los encausados sin más demoras.

En efecto, el procesamiento de los tres acusados resulta el corolario del impulso de la investigación que promueve la PPN, a fin de evitar la impunidad de hechos de torturas y malos tratos en contextos de encierro. 

 

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