07 de Septiembre, 2015
Ante la convocatoria de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a responder un cuestionario de consulta para la elaboración del panorama anual sobre la situación de derechos humanos en el hemisferio, la Procuración Penitenciaria de la Nación elaboró un “Informe sobre el Uso de la Fuerza en Centros de Detención” que servirá como insumo para la redacción de la Sección A del Capítulo IV de su Informe Anual 2015.
Dicha sección, según el Reglamento de la CIDH, brinda un panorama anual sobre la situación de los derechos humanos en el hemisferio, derivado de la labor de monitoreo de la Comisión, destacando las principales tendencias, problemas, desafíos, avances y buenas prácticas tanto de los derechos civiles y políticos como de los derechos económicos, sociales y culturales.
Entre los puntos más relevantes del Informe elaborado por la PPN es dable destacar lo expuesto en relación con la normativa que regula la utilización de armas al interior de los centros de detención y a los abusos en el uso de la fuerza física y de armas no letales (como las que utilizan balas de goma) –en especial aquellos registrados en ocasión de requisas de pabellón- cometidos por agentes penitenciarios en el año 2014. Se hace referencia a las falencias en el entrenamiento que se les brinda a los agentes del SPF en cuanto al desarrollo de habilidades y destrezas en el empleo de la fuerza acordes a los estándares formulados por la Organización de Naciones Unidas y, en especial, en cuanto al trato de personas pertenecientes a colectivos especiales con características específicas (mujeres, LGTTBI, jóvenes).
Por último, se brindó información cuantitativa proveniente de la “Base de datos de casos judicializados de tortura y malos tratos” respecto de las denuncias presentadas por la PPN en el año 2014, el estado de avance de las causas en las que tiene intervención el organismo y se mencionan algunos de los casos paradigmáticos en los que recayeron sentencias condenatorias de agentes penitenciarios federales.
Entre las sugerencias efectuadas por al PPN en las conclusiones del Informe, se resalta, por un lado, la necesidad de sancionar una ley o dictar un reglamento nuevo que regule las prácticas de requisa en el ámbito carcelario federal atento a que la normativa actual habilita afectaciones de derechos humanos de las personas privadas de libertad. Se advierte como positivo desde la PPN que la normativa a ser dictada contemple no sólo estándares de protección de la integridad física y psíquica y la vida de las personas privadas de la libertad, sino también modelos operativos concretos que reduzcan el ámbito de discrecionalidad de los agentes. Por otro lado, se aconseja el establecimiento de un registro mediante libros rubricados de cada oportunidad en la que se dispare un arma de fuego, en el que se dejen asentadas las circunstancias y motivos, así como los eventuales lesionados, así como la intensificación del control respecto del uso de armamento no letal como las escopetas con balas de goma o el gas lacrimógeno por el riesgo para la integridad que conllevan.