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06 de Junio, 2016.

El pasado martes 31 de mayo tuvo inicio el debate oral y público que se lleva a cabo ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 1 de San Martín en una causa seguida contra un agente del Servicio Penitenciario Federal, en la que la Procuración Penitenciaria se desempeña como parte querellante.

Los hechos investigados tuvieron lugar el 16 de octubre de 2007 en el Módulo III del Complejo Penitenciario Federal n° 2 ubicado en la localidad de Marcos Paz, provincia de Buenos Aires. En horas del mediodía, el detenido D.T arribó en un camión de traslados proveniente de la Unidad 6 de Rawson y luego de completar los trámites de rigor al procedimiento de ingreso (toma de dichas dactilares y revisación médica), fue sometido a una feroz golpiza por parte de un grupo de agentes penitenciarios en un cuarto de pequeñas dimensiones por espacio de aproximadamente 15 minutos. El cruento episodio consistió en repetidos golpes de puño, patadas y palazos en todo el cuerpo, a partir de lo cual la víctima sufrió excoriaciones y hematomas en el cráneo, el rostro, el cuello, los brazos, las piernas, el tórax y el abdomen, así como también el estallido del bazo. Por esto último indefectiblemente hubiese muerto, de no ser por la intervención quirúrgica que se le practicó al día siguiente en el Hospital de Marcos Paz.

En el caso únicamente se reunieron pruebas suficientes para dar base a la acusación de uno de los participantes de la golpiza, quien fue procesado por el delito de lesiones gravísimas agravadas por su carácter de funcionario del servicio penitenciario.

En la primera audiencia, se recibió la declaración de Humberto Metta, médico de la PPN, quien además de puntualizar en la entidad de las lesiones en general, hizo especial referencia a las terribles consecuencias que tiene en una persona la pérdida del bazo por la función inmunológica que cumple ese órgano, lo que se ve agravado en el caso de D.T por ser portador de HIV. 

Luego, en la segunda audiencia llevada a cabo en el día jueves 2 de junio, se escuchó el testimonio de la víctima. D.T. mantuvo un relato sólido y coherente, e identificó espontáneamente a la persona enjuiciada como uno de los autores de la golpiza. Tras una larga espera de casi 9 años desde la ocurrencia de los hechos, tuvo la oportunidad de pedir a los jueces que –a pesar de no haberse conseguido el enjuiciamiento de otros responsables- no quede impune este tremendo hecho que tuvo gravísimas y permanentes consecuencias en su salud.

También se escucharon los alegatos de los representantes de esta Procuración y del Ministerio Público Fiscal. La PPN, en su rol de querellante, solicitó la pena de 4 años de prisión efectiva para el enjuiciado en orden al delito de apremios agravados por haberse causado un grave daño en la salud de la víctima. Por su parte, el Fiscal requirió la misma pena pero con relación al delito de lesiones gravísimas por el que llegó procesado.

Finalmente, el próximo martes 7 de junio será el turno del alegato de la defensa del imputado. Luego restará esperar si el Tribunal emite su veredicto el mismo día o si la deliberación demanda más tiempo. En cualquier caso, la expectativa de este organismo es que se dicte una sentencia condenatoria para continuar en la senda que se viene trazando –con activa participación de la PPN- para el juzgamiento de los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos de personas privadas de su libertad.