20 de Octubre, 2016
El pasado 14 de octubre, en el marco de los trabajos de monitoreo que en forma permanente realiza esta Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN), se tomó conocimiento de la grave situación que se encuentra padeciendo una mujer oriunda de china, privada de su libertad en dependencias de la Superintendencia de Drogas Peligrosas de la Policía Federal Argentina (PFA) por disposición de la Dirección Nacional de Migraciones.
A partir de la entrevista personal mantenida con la detenida y las averiguaciones efectuadas desde el organismo esta mujer se encontraba detenida a disposición del Poder Ejecutivo, toda vez que desde la Dirección Nacional de Migraciones no se había notificado ni solicitado la orden de retención al juzgado correspondiente. Este alarmante estado de situación agravaba aún más por el hecho que la ciudadana posee una residencia precaria vigente, otorgada por la misma autoridad migratoria.
En virtud de todo ello, el día 18 de octubre desde esta Procuración se presentó un habeas corpus.
Los fundamentos planteados aluden a la ausencia de control jurisdiccional de la detención practicada por la Dirección Nacional de Migraciones, la obstrucción a las facultades legalmente establecidas por ley a este organismo ejercida por la Dirección mencionada al no permitir el acceso a las actuaciones administrativas y al accionar contradictorio e incongruente de la autoridad administrativa, al encontrarse vigente la autorización para permanecer, salir y reingresar al territorio –residencia precaria- y a la vez encerrarla con fines expulsatorios.
Recién en la misma fecha en que esta Procuración realizó la presentación judicial, desde la Dirección Nacional de Migraciones notificaron al Juzgado Federal Nº 1 de Salta y se ordenó la retención.
Entendemos entonces que mantener la privación de libertad de esta mujer cuando no existen motivos para ello, implica una directa violación a la normativa sobre la materia vigente, convierte a dicha detención en ilegítima y puede acarrear responsabilidad internacional del Estado Argentino. Creemos que esta situación reviste una gravedad extrema, en función de la flagrante vulneración a las garantías constitucionales la ciudadana de origen chino, por lo que debería procederse a su inminente liberación.