16 de Febrero, 2017.
Durante los últimos años la población privada de libertad en Argentina ha crecido de forma ininterrumpida. Basta con ver la evolución de la tasa de encarcelamiento, que según las estadísticas oficiales para 2015 trepó a 168,5 personas presas cada 100.000 habitantes, para identificar que el incremento se produjo tanto en términos absolutos como relativos.
Esta tendencia se ha replicado en el SPF, donde -para hacer frente a la creciente demanda de cupo- desde 2014 se amplió progresivamente la capacidad de alojamiento de los establecimientos penitenciarios, sin considerar ciertos criterios objetivos de habitabilidad. Pese a estas medidas, se detectaron algunos focos de sobrepoblación en los complejos penitenciarios que alojan a varones adultos del Área Metropolitana de Buenos Aires.
Durante las primeras semanas de 2017 en las cárceles federales se ha vuelto a superar el récord histórico de personas detenidas, pero además desde el 20 de enero se registra sobrepoblación general, es decir, hay más personas encarceladas que la capacidad total de alojamiento del sistema penitenciario. Y a pesar de que se volvió a incrementar el cupo de alojamiento declarado, no se ha podido contener el fenómeno.
En este marco de sobrepoblación general del SPF –la cifra de personas alojadas supera el cupo declarado en el conjunto de cárceles federales-, el escenario se agrava considerablemente en algunos establecimientos en particular. El Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza al viernes 10 de febrero alojaba a 141 personas para las cuales no contaba con cupo disponible. Aún peor es la situación del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz, que a esa fecha alojaba a 184 detenidos por encima de su capacidad declarada.
Por otra parte además de la responsabilidad del Poder Judicial, el problema de la sobrepoblación se complejiza debido a que históricamente no había información confiable acerca de las capacidades de alojamiento de las distintas unidades penitenciarias, observándose a menudo incrementos del cupo declarado que no van acompañados de la habilitación de nuevas plazas de alojamiento, salvo las declaradas últimamente por el Servicio Peniteciario donde se reconoce que se esta trabajando por arriba de su capacidad operativa. En función de ello, la Procuración Penitenciaria presentó en 2013 un proyecto legislativo (“Ley para la Acreditación Funcional de Establecimientos para la Privación de la Libertad y Control de la Superpoblación”) con el fin de establecer un mecanismo para la definición de criterios objetivos de las capacidades de alojamiento en las prisiones y poner en marcha un sistema de alertas que derive en intervenciones articuladas entre diversas agencias estatales cuando los establecimientos se acerquen a completar sus capacidades declarada.
Entre los efectos más graves de la sobrepoblación carcelaria se destaca el hacinamiento y la falta de privacidad; el deterioro edilicio y material; la degradación de las condiciones higiénico-sanitarias; la imposibilidad de acceder a trabajo, educación, actividades recreativas así como de mantener los vínculos familiares y sociales; la deficiente alimentación y atención a la salud; tortura, malos tratos y el incremento de la violencia intra carcelaria; el contagio de enfermedades, etc. Ver al respecto el SPOT de sobrepoblación elaborado por este Organismo.
Considerando las gravísimas vulneraciones de derechos que produce la sobrepoblación, y la obstaculización que representa para la reinserción social de las personas detenidas, resulta indispensable la adopción de medidas por parte de los diversos actores estatales implicados. Esta Procuración Penitenciaria reitera la importancia de que el Estado argentino avance en una reforma democrática de las instituciones de encierro que se encuadre en el respeto de los derechos humanos.