14 de Mayo, 2025.
La Procuración Penitenciaria de la Nación presentó una acción de habeas corpus colectivo en favor de personas detenidas en el CPF CABA, ante traslados dispuestos por el SPF que se realizan sin notificación previa ni control judicial, en abierta vulneración del fallo López vs. Argentina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Protocolo de Traslados del SPF, afectando derechos fundamentales como la defensa y la continuidad educativa.
La decisión administrativa fue adoptada por la Dirección General de Régimen Correccional del SPF mediante la Disposición DI-2025-803-APN-DGRCHSPF, que ordena el traslado de los detenidos hacia el CPF I de Ezeiza y el CPF II de Marcos Paz. Sin embargo, las entrevistas realizadas por asesores de la PPN a algunas de las personas afectadas permitieron constatar que ni los detenidos ni sus defensores fueron debidamente notificados con 72 horas de antelación, tal como lo establece el Protocolo de Traslado de Personas Privadas de Libertad.
Dicho protocolo tiene como finalidad garantizar el derecho de defensa y el control judicial previo a cualquier traslado. En este caso, la omisión de los procedimientos reglamentarios representa un grave incumplimiento de los estándares internacionales en materia de derechos humanos.
Asimismo, la PPN identificó que varias de las personas involucradas cursan estudios universitarios en el Centro Universitario Devoto (CUD). De acuerdo con el artículo 4º del protocolo mencionado, no debe procederse al traslado de personas que se encuentren cursando estudios si no puede garantizarse la continuidad de su trayectoria académica en el establecimiento de destino. Este aspecto también fue desatendido por la autoridad penitenciaria.
Cabe destacar que uno de los detenidos afectados, además de ser estudiante universitario, ejerce un rol de representación colectiva reconocido judicialmente en el marco de una resolución dictada por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 3. Su traslado implicaría una violación directa de dicha resolución y afectaría el ejercicio de la representación de las personas privadas de libertad alojadas en el CPF CABA.
Por estas razones, el organismo solicitó al juzgado interviniente la suspensión inmediata de los traslados dispuestos, hasta tanto el SPF garantice el cumplimiento íntegro del protocolo correspondiente. Asimismo, requirió la convocatoria urgente a una audiencia judicial con los detenidos afectados y la elaboración de un informe detallado sobre sus condiciones actuales de detención.
Desde la PPN reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos humanos en contextos de encierro y advertimos que acciones como las aquí denunciadas pueden acarrear responsabilidades para el Estado argentino en el plano internacional.