01 de Septiembre, 2014.
La Procuración Penitenciaria de la Nación presentó el Primer Relevamiento sobre Uso y Acceso a Tecnologías de la Comunicación y la Información (TIC) en lugares de detención.
El estudio confirmó que en los espacios de encierro la administración penitenciaria prohíbe o limita fuertemente prácticas de vinculación social y acceso a la información cuyo uso, sin embargo, era frecuente y regular en el medio libre.
La muestra abarcó a un total de 328 personas encuestadas del Área Metropolitana de Buenos Aires, sobre un total aproximado de 6400 personas detenidas en la región. El 90 por ciento de las personas encuestadas contaba con acceso a telefonía celular antes del encierro y un 81 por ciento lo usaba a diario. El 65 por ciento accedía a una PC con conexión a internet. El 49 por ciento empleaba correo electrónico y el 45 por ciento redes sociales. El relevamiento de la PPN confirmó que, con la excepción de un limitado acceso a PCs, los espacios de encierro suspenden todas esas prácticas y medios de vinculación social y acceso a la información, frecuentes antes de la detención. La PC es la única TIC que las personas detenidas tienen permitido usar, pero su utilización resulta extremadamente reducida y limitada.
Por contraste, el informe de la PPN destaca la importancia del acceso a un servicio de compras digital en el CPF IV y la reciente autorización excepcional de celulares en la Unidad 35, ante la insuficiencia del servicio de línea. Para la PPN debe extenderse el enfoque que subyace a estas iniciativas al resto de las unidades penitenciarias y de necesidades detectadas, ya que ello permitiría mitigar el fuerte asilamiento de la detención y atenuar en algo las dificultades en la comunicación, abandonando los esquemas de prohibición absoluta y propiciando, en cambio, Marcos Regulatorios para el acceso a las TIC.
Para el organismo, también sería importante que las políticas de acceso digital estén adecuadamente planificadas de modo de abarcar también a la población privada de libertad. Experiencias como Conectar Igualdad o el Plan Sarmiento, pueden tener un positivo impacto para el común de los sectores postergados, pero no alcanzan los contextos de encierro. Así, colectivos de personas, en principio, objetivo de la intervención estatal, quedan fuera de las medidas restauradoras de derechos y resultan doblemente postergados. Las personas privadas de libertad deben acceder a las TIC como corolario necesario del principio de igualdad en el acceso a derechos. El problema del analfabetismo digital, la dificultad en las comunicaciones y las trabas al acceso a la información son una deuda pendiente que profundiza el encierro en el encierro y priva las personas detenidas de mucho más que su libertad ambulatoria.