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6 de Septiembre, 2017.

El 6 de septiembre el Procurador Penitenciario presentó de manera pública en el Honorable Senado de la Nación el Informe Anual de la Procuración Penitenciaria ante los integrantes de la Comisión Bicameral de Defensoría del Pueblo.

Durante la exposición del Dr. Mugnolo se proyectó una serie de gráficos que ayudaron a ilustrar la realidad que se vive en los distintos centros de detención bajo la órbita federal. Además de hacer un recorrido por las distintas asignaturas que componen el Informe Anual, el Procurador señaló sobre la calamitosa situación que viven los presos en los penales provinciales de Tucumán.  

Asimismo la presidenta de la comisión permitió que distintos directivos de la PPN profundizaran sobre diversos temas señalados por el Procurador tales como Monitoreo y Visitas periódicas a lugares de detención, Sobrepoblación, casos de Tortura y Malos Tratos, Muertes en Prisión y  resultados del Litigio Estratégico, entre otros.

En este sentido abordaron las distintas temáticas la Dra. Mariana Lauro, Coordinadora de Equipos de Trabajo con Colectivos Sobrevulnerados en Prisión, el Dr. Ariel Cejas Meliare, Director General de Protección de Derechos Humanos, la Dra. Marta Monclus, Directora del Observatorio de cárceles Federales, y  el Dr. Carlos Acosta, Director de Legal y Contencioso Penal.

La presidenta de la Comisión Bicameral, Senadora Marta Varela, resaltó lo minucioso y puntilloso en datos que brinda el Informe afirmando que “…detrás de las cifras y las estadísticas hay personas que necesitan respuestas, que necesitan ayuda…” Destacó el carácter instructivo de la publicación afirmando que “…ha sido muy docente el informe. Todo eso junto hace que uno se plantee seguir trabajando en el tema, acompañar a la Procuración, aprender de lo que se ha dicho hoy y buscar reforzar las leyes que sean necesarias…”   

 

Adjuntamos el Resumen Ejecutivo y la presentación del Informe Anual en PDF.

6 de septiembre, 2017.

El pasado 17 de agosto se formularon las Recomendaciones N° 863-17 y 864-17 dirigidas a las autoridades del SPF solicitando la adecuación de los espacios destinados a la visita de las mujeres con medida de resguardo alojadas en el CPF IV y de las personas también con medida de resguardo alojadas en la UR 4 del CPF I de Ezeiza respectivamente. Ambos salones fueron inspeccionados y presentaban malas condiciones edilicias y de limpieza, con baños en pésimo estado. Asimismo, a diferencia de los salones principales, estos sectores reúnen dimensiones muy acotadas y no cuentan con espacio al aire libre ni juegos infantiles.

Por tal motivo, desde este Organismo, se consideró necesario recomendar la reestructuración y adecuación de estos sectores con el objetivo fundamental de asegurar que el encuentro familiar se desarrolle en un espacio propicio.

Estas Recomendaciones, a su vez, se encuadran en una de las líneas de trabajo abordadas por esta PPN durante los últimos años, acerca de los obstáculos para la vinculación familiar de las personas privadas de libertad con sus hijos e hijas. Teniendo en cuenta que a estos eventos suelen concurrir niños, niñas y adolescentes,  resulta aún más inadmisible que el escenario en donde se produce el encuentro familiar presente condiciones inapropiadas. De esta forma, el reclamo dirigido a las reformas y adecuaciones de los espacios de visita se torna urgente y necesario con miras al sostenimiento y fortalecimiento de los vínculos familiares de las personas privadas de su libertad.   

5 de septiembre, 2017

El 1º de septiembre la PPN presentó, ante la Presidencia de la Cámara de Diputados de la Nación, una propuesta legislativa (Expte. num. 273-OV-17) para regular la capacidad funcional y de alojamiento de todos los establecimientos destinados a la privación de la libertad de personas con el objeto de aminorar el problema del hacinamiento.

La propuesta prevé mecanismos de acreditación previos, con amplia participación de actores involucrados, mecanismos de alerta y control, y la aplicación de un sistema para la prevención o remedio de las violaciones a derechos humanos.

Brevemente corresponde señalar que según los datos oficiales de Argentina, las cárceles federales han funcionado durante los últimos años con una ocupación cercana al 90% de su capacidad de alojamiento declarada. Al finalizar el período 2016 la tasa de ocupación ha mantenido su tendencia creciente, superando durante todos los meses de 2017 su máximo histórico, funcionando con sobrepoblación general.

Las medidas adoptadas por la administración penitenciaria en relación a la definición y fijación de las capacidades de alojamiento, lejos de contener la problemática, la han agravado al carecer de criterios objetivos para la definición del cupo carcelario. Durante los últimos años, además, se ha dificultado el acceso a información confiable.   

El proyecto en cuestión ya había sido presentado en octubre de 2013. No obstante, dado que a la fecha el problema de la sobrepoblación persiste e incluso ha empeorado notablemente, se remitió nuevamente al Congreso de la Nación solicitando se impulse su tratamiento.

4 de septiembre, 2017

Se publica el Boletín Estadístico de la PPN Nº 7 con datos actualizados al segundo trimestre de 2017. Los boletines estadísticos del Organismo visibilizan el trabajo institucional realizado sobre aquellos fenómenos estructurales del sistema carcelario. En este sentido, se trata de una publicación que sistematiza y recupera el trabajo colectivo de registro y producción de información sobre las prisiones federales y otros centros de detención no penitenciarios.  

A modo de aporte cuantitativo y actualizado sobre el funcionamiento de los espacios de encierro, todos los boletines contienen datos acerca de aquellas prácticas de especial sensibilidad propias de los espacios de encierro, que son monitoreados de forma permanente por la Procuración Penitenciaria, y sobre las cuales se enfocan sus intervenciones generales.

Estas publicaciones no sólo incluyen información cuantitativa, sino que se complementan con claves de análisis que permiten hacer lecturas de mayor complejidad. Además contienen breves apartados cualitativos con el relato de casos paradigmáticos y emergentes del período que favorecen una comprensión más acabada de la cuestión carcelaria.Siendo una eficaz herramienta para la circulación de la información que produce el organismo, es publicada de forma trimestral con datos actualizados.

   

Contacto:

Versión digital Infogram: Boletín Estadístico PPN N° 7 (2°Trimestre 2017)

01 de Septiembre, 2017.

Con fecha 31 de agosto de 2017, se realizó la firma del Convenio Específico entre la Procuración Penitenciaria de la Nación y la Defensoría del Pueblo de la Nación. 

Dicho Convenio, detalla y delinea, el compromiso asumido por ambas Instituciones en relación a la creación de un “Laboratorio de Innovación para organismos garantes de derechos y de control externo” frente al “III Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto”, y determina los pasos a seguir para su desarrollo.

En tal sentido, se dio  cumplimiento así, al Primer hito del compromiso asumido. Para más información, visitar https://trello.com/b/nFDME8mn/compromisos-tecnolog%C3%ADa-e-innovaci%C3%B3n

31 de agosto, 2017

En el marco de una acción de Habeas Corpus correctivo a favor de todos los detenidos que se alojan y que en lo sucesivo transiten la Unidad nº 28, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 62 a cargo en ese momento del Dr. Luis Alberto Scheigel, mediante la que principalmente se ordenó restringir al máximo los pernoctes en dicha unidad, en consonancia con las resoluciones anteriores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En tal sentido, el tribunal de primera instancia dispuso que todos lo pernoctes deberán ser autorizados por los respectivos jueces naturales y que la estadía no debería prolongarse más de 24 horas, salvo la aceptación expresa de las personas privadas de su libertad y sus defensores. Ello, es lo que fuera posteriormente confirmado por la CNACyC, que a su vez ejerce actualmente la Superintendencia del establecimiento, al haber sido cedida dicha competencia por la CSJN.

Por otro lado, en el fallo se encomendó nuevamente al Director del SPF y al Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, que arbitren todos los medios que sean necesarios a fin de mejorar las condiciones de detención e infraestructura y así evitar que se continúen vulnerando los derechos y que se agrave, aún más la situación que transitan las personas privadas de su libertad

Esta situación ya viene siendo denunciada durante años y en numerosas oportunidades poresta Procuración Penitenciaria, a raíz de los diversos monitoreos realizados en el Centro de Detención Judicial (Unidad nº 28 del SPF), destacando nuestra preocupación por los prolongados pernoctes que sufren las personas detenidas y el alarmante hacinamiento que padecen, dando cuenta de la sobrepoblación que atraviesa a todo el Sistema carcelario.

Asimismo, es necesario destacar que la problemática de la sobrepoblación no es resorte exclusivo del SPF, sino también del Poder Judicial, que utiliza como práctica general la detención de las personas, sin considerar los espacios en los que serán alojadas como así tampoco las condiciones en las que estos lugares se encuentran.

Desde este organismo siempre se ha resaltado que el referido espacio se trata de un Centro de tránsito y no de alojamiento permanente como en la práctica realmente sucede, situación que se traduce en tratos inhumanos a los detenidos y en un agravamiento manifiesto e ilegítimo de las condiciones de detención

A ello, se le debe adicionar las pésimas condiciones de detención, relevadas por este organismo, en tanto las personas deben dormir en el piso, en bancos de concreto y en el mejor de los casos sobre un precario colchón y destacando que los sectores sanitarios también resultan muy precarios. Ello, sin perjuicio de las mejoras y limpiezas implementadas recientemente producto por las diversas intervenciones promovidas desde la Dirección de Protección de Derechos Humanos en conjunto con la Dirección Legal y Contencioso Penal, también de este organismo.

En tal sentido, es dable recordar que como consecuencia del referido accionar, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha expedido diferentes acordadas en la misma línea del fallo en cuestión. La última de ellas, fue la Acordada nº 8/17 en la cual se dispuso el traslado de la Unidad a la nueva sede en la que se encontrarán los tribunales con competencia en materia penal ubicados actualmente en el Palacio de Justicia y nuevamente resolvió restringir al máximo el pernocte.

Es de suma importancia para este organismo que se logre el cumplimiento de las sendas resoluciones judiciales existentes para así reducir al máximo el pernocte en la Unidad nº 28, el cual a partir de los últimos relevamientos, se detectó un pernocte diario que oscila entre 40 y 60 personas aproximadamente.

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