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"En defensa de los DD.HH de las personas privadas de su libertad."

Recomendación N° 830. Refacción de las instalaciones del Complejo Penitenciario Federal IV

La corte interamericana de derechos humanos ha señalado que toda persona privada de libertad tiene derecho a vivir en situación de detención compatible con su dignidad personal. Mantener a una persona detenida en condiciones de hacinamiento, con falta de ventilación y luz natural, sin cama para su reposo ni condiciones adecuadas de higiene, en aislamiento e incomunicación o con restricciones indebidas constituye una violación a su integridad personal.
Dia Mes y Año: 
 16/11/2015