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"En defensa de los DD.HH de las personas privadas de su libertad."

Recomedación N°758

Debemos señalar el obstáculo constatado por este organismo para el cobro de la AUH por parte de mujeres que están privadas de su libertad junto con sus hijos menores de 4 años. La postura de la ANSES de denegar el cobro de la AUH a las detenidas que se encuentran alojadas con sus hijos menores en el penal se plasmó en el dictamen Nº 46205 del servicio jurídico permanente de ANSES, el cual señaló: “…a través del servicio penitenciario se provee a la madre de todo lo necesario para la asistencia y cuidado de su hijo”. Esta postura restrictiva vulnera el principio de legalidad, pues es una excepción no prevista en las normas que regulan la referida prestación, y también resulta contraria al derecho a la igualdad consagrado en el artículo 16 de nuestra CN, pues discrimina arbitrariamente a un colectivo particularmente vulnerable. En función de ello, el Procurador resolvió recomendar al Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social que garantice en forma efectiva el cobro de la AUH a las madres que se encuentran alojadas con sus hijos menores en prisión. Asimismo, en función de la aprobación del decreto Nº 446/2011, que creó la asignación por embarazo para protección social, también le recomendó que garantice el cobro de la Asignación por Embarazo para Protección Social a las mujeres embarazadas que se encuentran en prisión (Recomendación N° 758).

Dia Mes y Año: 
 31/10/2011