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"En defensa de los DD.HH de las personas privadas de su libertad."

Recomendación Nº 706

Que en fecha 13 de mayo de 2009, mediante la Recomendación 706, con motivo de las deficiencias en el acceso a las comunicaciones telefónicas por parte de las personas detenidas en la Unidad Nº 4, y por otra parte, a la falta de intimidad en dichas comunicaciones, constatada por este Organismo en el monitoreo efectuado en el pasado noviembre de 2008 a la aludida Unidad, el Sr. Procurador Penitenciario recomendó al Sr. Director de la Colonia Penal de Santa Rosa, Unidad Nº4 del Servicio Penitenciario Federal, que instruya a la brevedad los mecanismos necesarios para: a) Poner a directa disposición de los privados de libertad que se encuentran alojados en la mencionada Unidad penitenciaria los aparatos telefónicos que actualmente se encuentran fuera del radio del pabellón (separados de éste por un puesto de control); b) Habilitar los aparatos mencionados para que se puedan recibir llamadas; c) Habilitar dichos aparatos de forma tal que resulte posible efectuar llamadas a números gratuitos; y d) Hacer cesar la obligación de los detenidos en la Unidad a su cargo de anotar en un “libro de registro” el destinatario de las llamadas telefónicas que realizare, como así también el vínculo que los une y la duración de la misma. A esos efectos, se exhorta para que en el plazo de 30 días informe a esta Procuración los cambios acaecidos en la materia y remita copias de las actuaciones producidas en tal sentido. Asimismo, resolvió recomendar al Director de la mencionada Unidad que imparta las directivas necesarias a los agentes penitenciarios a su cargo con el objeto de que se abstengan de presenciar cualquier comunicación telefónica que entablaran las personas privadas de libertad allí alojadas. A esos efectos, se exhorta para que en el plazo de 30 días informe a esta Procuración los cambios acaecidos en la materia y remita las copias de las actuaciones producidas en tal sentido. Además, resolvió poner en conocimiento del Sr. Director Nacional del SPF, del Sr. Subsecretario de asuntos Penitenciarios, de los Sres. Jueces a cargo de los Juzgados Nacionales de Ejecución Penal y de los Sres. Defensores Oficiales a cargo de las Defensorías Públicas Oficiales ante los Juzgados de Ejecución Penal de la presente Recomendación.

Dia Mes y Año: 
 13/05/2009